Recurso contra el ICE

Huawei pierde primera batalla contra reglamento de 5G

photo_camera La Sala Constitucional rechazó un amparo presentado por Huawei contra el ICE.

Por mayoría, los magistrados de la Sala Constitucional declararon sin lugar, un recurso de amparo presentado por la empresa de telecomunicaciones Huawei contra el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), por la aplicación del “Reglamento sobre medidas de ciberseguridad aplicables a los servicios de telecomunicaciones basados en la tecnología de quinta generación móvil (5G) y superiores”.

La parte recurrente señaló que el Reglamento contenía disposiciones que expresamente impedían su participación en la licitación pública que sacó el ICE para implementar la tecnología 5G IMT para el sector residencial en el país.

Por ello, Huawei en su recurso de amparo solicitó a los magistrados frenar la licitación que llevaba a cabo el ICE y que se condenara a la empresa al pago de las costas procesales.

“En la resolución 2024-2222, la Sala consideró que no corresponde a esta jurisdicción constitucional analizar si el ICE contempló o no la totalidad de las disposiciones contenidas en el reglamento, ni tampoco si indirectamente limitó la participación de empresas con requisitos injustificados desde el punto de vista técnico.

“Ergo, si existiese alguna inconformidad con las condiciones y demás especificaciones técnicas, esta deberá ser ventilada en las vías comunes”, dice un comunicado de prensa emitido por la Sala Constitucional.

Además, la Sala Constitucional señaló que lo que corresponde a la tecnología para la red de telecomunicaciones, así como los requisitos y estándares de ciberseguridad en Costa Rica -las normas ISO/IEC, SCS, entre otras-, son aspectos técnicos, en principio, propios de políticas públicas de Estado que “salvo que entrañen alguna afectación al núcleo esencial de derechos fundamentales o transgredan manifiestamente el bloque de constitucionalidad, constituyen materia de gobierno.

“De ahí que su procedencia, conveniencia u oportunidad no es propia de ser valorada por este Tribunal, sino de las vías comunes competentes”, reseñó la Sala Constitucional.

En el “Por tanto” de la resolución los magistrados Fernando Cruz Castro y  Jorge Araya García salvaron el voto y otorgaron plazo, que no se especifica, a Huawei "para que interponga acción de inconstitucionalidad" contra el Reglamento. Eso, obviamente, no prosperó.

Huawei participó antes de la licitación que abrió Radiográfica Costarricense (RACSA) para la puesta en marcha de la red 5G, dado que para el momento en que ese proceso inició, el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones aún no había reglamentado el tema.

De hecho, en esa oportunidad, la firma china se asoció con otras cuatro empresas para participar con igual número de ofertas.

Pero, no consiguió la licitación, dado que las cuatro ofertas eran por montos mucho mayores a las de Nokia, a la que finalmente RACSA le adjudicó la contratación.