Corte Plena deja claro que Rodrigo Chaves puede decir lo que quiera

“No le corresponde a esta Corte pronunciarse sobre las manifestaciones que ha hecho un usuario de la Administración de Justicia, aunque sea el Presidente de la República”, dijo la magistrada Iris Rocío Rojas.
Los magistrados de la Corte Plena votaron por no pronunciarse respecto a las críticas del Presidente Rodrigo Chaves, contra la medida cautelar que frenó la Ruta del Arroz. Foto: Poder Judicial
photo_camera Los magistrados de la Corte Plena votaron por no pronunciarse respecto a las críticas del Presidente Rodrigo Chaves, contra la medida cautelar que frenó la Ruta del Arroz. Foto: Poder Judicial

Con 19 votos a favor, la Corte Plena, máxima autoridad del Poder Judicial, acordó no pronunciarse contra las críticas emitidas por el presidente de la República, Rodrigo Chaves, contra la resolución del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda (TCA) que suspendió, de forma cautelar, la denominado “Ruta del Arroz”.

La jueza coordinadora del TCA, Judelay López solicitó un criterio a la Corte, luego de que el 3 de abril anterior, el presidente Chaves lanzara fuertes críticas contra la jueza tramitadora que acogió la medida cautelar.

Este aspecto fue el punto 22 de la agenda de la Corte Plena cuyo detalle indicaba: “El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda solicita a la Corte Plena pronunciarse con respecto a las declaraciones brindadas por el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, ante la resolución de una medida cautelar adoptada por una persona juzgadora del citado tribunal, dentro de la causa N° 22-005969-1027-CA”

López consideró en las críticas emitidas por Chaves el 3 de abril anterior hubo una intromisión de competencias del máximo representante del Poder Ejecutivo, lo que contraviene la independencia judicial, según expuso Orlando Aguirre, presidente de la Corte Plena.

Aguirre expuso que “cuando se dan este tipo de intervenciones y lo he dicho en otros momentos, preocupa mucho el que, de alguna manera, se esté invadiendo o poniendo en entredicho la función jurisdiccional. Esto no debería de suceder, pero sucede”.

Entonces, el magistrado presidente de la Sala Segunda, Luis Porfirio Sánchez, explicó que el artículo 9, inciso 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a los funcionarios del Tercer Poder de la República dirigir felicitaciones o censuras por actos públicos o a funcionarios públicos.

“Me parece que esta Corte no puede hacer lo que se pide en la nota. Es un tema que la Corte no puede hacer ningún tipo de censura por cuanto a nosotros nos lo prohíbe la  Ley Orgánica”, reafirmó Sánchez, quien recomendó archivar a la nota.

Añadió que “cada juez resuelve conforme con la independencia y nosotros estamos sometidos a un bloque de legalidad, nos rige un sistema de estabilidad en la adjudicatura y la crítica que hacen a nuestras resoluciones es diario”.

En la misma línea se manifestó la magistrada Julia Varela, también de la Sala Segunda, quien agregó que “las sentencias se defienden solas y por ello existen los medios recursivos”, con lo cual dijo que no se puede defender una solicitud como la planteada, por considerar que no es conveniente.

Por su parte, Iris Rocío Rojas, magistrada de la Sala Primera sumó que la Constitución también prohíbe dar votos de aplauso o de censura.

“No puede esta Corte, como gobierno inmiscuirse en una resolución jurisdiccional que tiene los recursos correspondientes y que deberá ser resuelto”, adujo Rojas.

Recordó que todavía está pendiente de resolución la medida cautelar interpuesta, por lo que instó a los magistrados a no transgredir la imparcialidad que le corresponde a ese Poder de la República.

“Nosotros no podemos tomar partido en ese tema porque inclusive hacerlo, podría tener incidencia directa en el trámite jurisdiccional de los asuntos, lo que es abiertamente indebido”, recalcó la magistrada Rojas, quien concluyó que “no le corresponde a esta Corte pronunciarse sobre las manifestaciones que ha hecho un usuario de la Administración de Justicia, aunque sea el Presidente de la República”.

Ocho productores de arroz presentaron una acción contra el Decreto Ejecutivo N°43.642 “Modificación de los Derechos Arancelarios a la importación de Arroz en Granza y Pilado” por considerar que afectaba la actividad que desarrollan, y no se dio una reducción en el precio del grano para los consumidores.

Según comentó el Ministro de Economía, Industria y Comercio, Francisco Gamboa, a www.despertar.cr, este martes 4 de junio, el Poder Ejecutivo, a través de la Procuraduría General de la República (PGR) presentará una apelación contra la medida cautelar.