Detecta la CGR

ESPH se asoció con un tercero para pagar sobreprecios por contratos

Deberá resolver disolución de subsidiaria INNOVE, que entró en operación en 2021, y del cual controla el 52 por ciento.
La ESPH al igual que otras empresas distribuidoras arrancarán los racionamientos eléctricos a partir de las 6:00 a.m.
photo_camera La CGR dispuso que la junta directiva de la ESPH debe dejar sin efecto los contratos con INNOVE. Foto Sócrates Colíndres

La Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) estableció una curiosa operación a través de la cual terminó contratando servicios por valores mucho más altos a partir de 2021, según determinó la Contraloría General de la República.

La situación también involucró a la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago (JASEC) y a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), que entraron de manera indirecta en el esquema. Sin embargo, una vez que la Contraloría adelantó su investigación, JASEC desestimó los contratos.

Se trata de un esquema en el cual la ESPH se asoció con un tercero para crear una filial denominada Desarrollo de Servicios Inteligentes INNOVE S.A.. En aquel momento se dijo que la nueva firma desarrollaría "proyectos innovadores que promuevan el uso de energías alternativas, como la movilidad eléctrica (instalación de estaciones de carga para vehículos eléctricos) y la generación distribuida (instalación de paneles solares)". 

Pero, según la Contraloría, más de dos años después, no ha incursionado en esos negocios. Más bien, se ha dedicado a tareas como corta de ramas, lectura de medidores de agua y de energía eléctrica, desconexión y conexión de servicios de agua y energía, sustitución de equipos de medición eléctrica y mantenimiento de redes en condominios.

En estos últimos, según la entidad fiscalizadora, la gran mayoría de las contrataciones realizadas con la ESPH son en un rol de ejecutor y no en la búsqueda de nuevos contratos e implementación estratégica.

La ejecución de estos contratos generó ingresos a INNOVE por ¢3.543 millones, entre el 2021 y el 2022 y en dos de los servicios contratados -corta de ramas y lectura de medidores de energía y de agua-, significó un aumento en los gastos de la ESPH, de 127,5% y 46,5%, respectivamente, entre el 2020 y el 2022.

Ante esa situación, que no está acorde con los objetivos para los cuáles se creó INNOVE, la CGR ordenó a la Asamblea de Acciones de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) resolver sobre la disolución de su subsidiaria.

La ESPH tiene el 52% de las acciones de INNOVE mientras el 48% restante le pertenece a un socio privado al que el ente contralor no puntualiza en su informe. Pero, en todo caso, según la Contraloría, el aporte de capital de la ESPH nunca se concretó pues solo se dio una cesión de contratos.

“Se determinó que INNOVE, S.A. incumple con el marco normativo y técnico aplicable a su operación y existen importantes dudas acerca del propósito de su creación, todo lo cual pone en entredicho la pertinencia de que la ESPH, S.A., como socio mayoritario, dé continuidad a su gestión”, detalla la CGR en el DFOE-SOS-IAD-00002-2024.

Ahondó que “debido a la trascendencia de los hallazgos de este informe y en el marco del deber de probidad en el ejercicio público, previsto en el artículo 3 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y de la obligación de orientar la gestión a la satisfacción del interés público que le asiste a cada miembro de la Asamblea de Accionistas de la ESPH, S.A., se les dispone resolver lo que en derecho corresponda, sobre la disolución de la empresa Desarrollo de Servicios Inteligentes, INNOVE, S.A.; además, se dispone a la Junta Directiva de la ESPH, S.A., dejar sin efecto las contrataciones n.° CE-025-2021 Instalación de nuevos medidores; n.° CE-026-2021 Corta de ramas; n.° CE-022-2022 Sustitución de medidores con la empresa INNOVE, S.A.”

Más problemas

Pero no todo quedó en eso. Para sostenerse INNOVE suscribió cinco contratos con la ESPH. Pero en tres de estos, en el marco de suscripción se violentó el régimen de prohibición establecido en el reglamento de compras y contrataciones de la propia ESPH, así como de la Ley de Contratación Administrativa “lo que implica una nulidad de esas contrataciones”, según la Contraloría.

La entidad recordó que tanto la ESPH como sus subsidiarias están en la obligación de atender principios generales como el de objetividad, legalidad, probidad y transparencia.

Sin embargo, la ESPH fue arbitraria al momento de realizar los análisis de razonabilidad de precios en procesos de contratación, por cuanto en los que INNOVE presentó el precio más bajo se le adjudicó, pero cuando no era así, realizó análisis de ruinosidad, “lo que tuvo como resultado el descarte de las empresas con precios más bajos y la subsecuente selección de INNOVE S.A.”

Además, en los años 2021, 2022 y hasta el mes de septiembre de 2023, la ESPH omitió registrar en estados financieros su participación como accionista mayoritario de la filial, así como consignar el tipo de participación que mantiene sobre ésta, en términos del control ejercido y su capacidad para gobernar sobre sus políticas financieras y operativas.  

“Las actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico se extienden incluso a convenios suscritos por INNOVE, S.A. con la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago (JASEC), la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A. y la misma ESPH, S.A., ya que contemplan la posibilidad de prestación de servicios, lo cual deja entrever un ánimo de aprovisionamiento de bienes o servicios que es materia contractual, por lo cual estos convenios también presentan vicios de nulidad”, advirtió la CGR.

JASEC, a partir de los resultados consignados en el borrador del informe puestos en su conocimiento, optó por dejar sin efecto de forma inmediata el Acuerdo de Confidencialidad suscrito con INNOVE.

En este sentido, la CGR instó a la CNFL, a que, de manera inmediata, proceda a dejar sin efecto, el Convenio Marco de Cooperación que tiene con INNOVE.

Estas disposiciones son de acatamiento obligatorio, por lo que cada una de las partes, a saber, la Junta Directiva de la ESPH, la Junta de Accionistas y la CNFL, deberán tomar las acciones correspondientes, según su competencia.

Consultada al respecto, la ESPH, a través de su oficina de prensa, se limitó a indicar que “en atención al informe de la Contraloría General de la República sobre sobre el planteamiento y ejecución del plan estratégico de la subsidiaria INNOVE S.A, la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, informa que debido a que las disposiciones del ente contralor se dirigen a la Junta Directiva, el informe debe ser conocido y estudiado por este órgano.

“Por esta razón, se externará la posición desde estas instancias, hasta que haya sesión de Junta Directiva la próxima semana y se haya analizado a profundidad el informe. Dado que no se vincula la administración y Gerencia Empresarial, no se pueden emitir criterios al respecto”.