TSE detecta varias dobles postulaciones

Errores y omisiones retrasan verificación de candiddaturas

En el proceso de verificación se detectó el singular caso de una persona que era postulada a un cargo como síndico propietario y, al mismo tiempo, como su propio suplente. Obviamente, esto no procede pues el suplente está llamado a sustituir al titular durante sus ausencias temporales o definitivas
Tribunal trabaja para verificar cada una de las solicitudes presentadas por lo 77 partidos
photo_camera El Tribunal Supremo de Elecciones trabaja para verificar cada una de las candidaturas presentadas por lo 77 partidos. Foto: Sócrates Colindres.

El proceso de verificación de candidaturas para las elecciones municipales 2024 por parte del Tribunal Supremo de Elecciones se está convirtiendo en todo un reto. Con solo el 31 por ciento de las nominaciones verificadas, la lista de irregularidades encontradas ya es muy extensa.

De hecho, una primera revisión de los resultados hecha por www.despertar.cr da cuenta de que, hasta ahora, solamente el partido cantonal Curridabat Siglo XXI completó el proceso sin irregularidades. Y aún así, registró un error al identificar mal uno de los distritos donde inscribía candidaturas.

Luego del cierre del proceso de inscripción de candidaturas para las elecciones el Tribunal tiene la obligación de realizar el sumario de validar cada una de ellas.

Según datos presentados por el TSE, 39.734 personas fueron nominadas en el proceso de inscripción para los 6.212 puestos disponibles.

Sin embargo, para que una candidatura quede debidamente inscrita se debe hacer la validación por parte del Tribunal. Le corresponde verificar si los candidatos cumplen los términos de elegibilidad establecido por el artículo 148 del Código Electoral.

Allí se contemplan varios aspectos además de la paridad horizontal y vertical. Por ejemplo, los aspirantes deben tener al menos dos añosa de residir en el distrito al que pretenden representar. Y este requisito se valida tomando en cuenta el lugar donde está inscrito para votar.

Errores frecuentes y errores singulares

Uno de los errores más comunes que se han detectado en lo que va del proceso de verificación es el incumplimiento del tiempo dos años de vivir en su circunscripción electoral.

Por este error varias de las candidaturas no fueron aceptadas por el TSE. Pero, al mismo tiempo, eso afecta otras candidaturas que también debieron ser rechazadas en virtud de que ya no se cumplía con la resolución del principio de paridad electoral en forma horizontal y vertical. Eso pese a que en algunas ocasiones se pudo arreglar de oficio por el Tribunal, cuando la línea consecutiva de paridad no se afectaba.

Durante la validación de candidaturas se detectó que varias agrupaciones políticas cometieron errores en su proceso de selección de candidatos, pues se han dado casos recurrentes de dobles postulaciones en distintos partidos políticos.

Incluso, se presentaron casos de personas que alegaron ante el TSE que nunca asistieron a la asamblea cantonal de alguno de los partidos políticos y, por lo tanto, tampoco aceptaron que se les postulara a un cargo de elección popular.

Pero, para más, en el proceso de verificación se detectó el singular caso de una persona que era postulada a un cargo como síndico propietario y, al mismo tiempo, como su propio suplente. Obviamente, esto no procede pues el suplente está llamado a sustituir al titular durante sus ausencias temporales o definitivas.

Para entender las candidaturas municipales de los partidos políticos en Costa Rica, la legislación en el Código Municipal establece en los artículos 15, 22, 56 y 58, los requisitos. Por ejemplo, el ejercicio de la ciudadanía costarricense, pertenecer al estado seglar, contar con inscripción electoral por lo menos con dos años de anterioridad en el cantón o distrito donde se quiera servir.

Por cada incumplimiento que se detecte, el director del Registro Civil, Héctor Fernández, debe enviar una nota oficial al partido correspondiente explicando la irregularidad y sus implicaciones. Ya sea que se rechace la postulación, o que se solicite información adicional para cotejar hechos, o incluso, que se haya reacomodado el orden de las candidaturas para respetar la paridad.

Eso último, como ya se señaló, en ocasiones implica descartar una segunda candidatura, dado que de mantenerla no se cumpliría con la exigencia de esa paridad ya sea horizontal o vertical.

Cabe destacar que el Tribunal, pasa brindando asesorías políticas y realizando capacitaciones para los partidos a través del Instituto de Formación y Estudios en Democracia

La jefa del Departamento de Requisitos para los Partidos Políticos, Marta Castillo comentó que el trabajo es realmente grande, porque se tiene que analizar cada una de las nominaciones presentadas por los 77 partidos políticos debidamente inscritos para esta elección.

Además, la equidad horizontal y vertical exigida ahora en todas las papeletas, así como la no reelección de alcaldes que tengan dos periodos consecutivos, son dos variantes para las elecciones de 2024 que debieron ser consideradas, primero por los partidos políticos y, ahora, por el Tribunal.

En ese sentido, Castillo agregó que que son factores que podrán aumentar la inadmisibilidad de algunas candidaturas.

Al Tribunal le corresponde analizar cada una de los 77 partidos políticos subdivididos en 16 a escala nacional, siete provinciales y 54 a escala cantonal junto con cuatro coaliciones.  

El director general del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal, Héctor Fernández, añadió que otro de los factores que afectan la complejidad de las elecciones municipales es el aumento a 84 cantones y a 491 de distritos distritos electorales.

Hasta el jueves 26 de octubre el departamento había realizado una revisión de 12.342 nominaciones, para un 31,1% de las candidaturas presentadas al TSE. Hasta ese momento 703 se denegaron y esperan la resolución en firme.