Nueva Ley de Renta eliminaría distorsión entre asalariados e independientes

Los contribuyentes serán las personas físicas que tengan su residencia fiscal en el país. Es decir, aquellas que estén presentes en un lapso igual o superior a los 183 días en territorio nacional.

Colones 2
photo_camera La base imponible general sería ajustada por un mínimo vital que se establecería en ₡10.104.000,00 anuales. Foto: UCR.

La reforma integral que busca el Poder Ejecutivo en el Impuesto sobre la Renta propone dividir la base imponible de las personas físicas en dos: una base general y una especial.

La general agruparía todas las rentas del trabajo personal dependiente, jubilaciones y pensiones, rentas derivadas de desarrollo de una actividad económica y rendimientos del capital inmobiliario. La especial agruparía las rentas del capital inmobiliario y las ganancias del capital.

Según el proyecto de ley, para determinar la base general las personas deberán computar sus rentas íntegras según su naturaleza, y de esas podrán deducir aquellos costos y gastos establecidos por ley. Las rentas netas resultantes se integrarán y compensarán para conformar la base general.

En ese contexto, a fin de garantizar la progresividad del sistema, el proyecto apunta que la base general sería ajustada por el mínimo vital. El mismo se establecería en ₡10.104.000,00 anual.

Lo anterior, llevaría a eliminar la distorsión que existe entre los asalariados y los profesionales independientes, cuya base exenta es bastante menor a la de los primeros. 

“Se ha optado por este mínimo vital para no afectar a los asalariados que hoy se benefician de una base exenta mensual relativamente alta, extendiendo el tratamiento a todas las personas físicas”, dice el texto del plan.

Captura de pantalla (245)
Tramos del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas con actividades lucrativas en 2024. Fuente: Ministerio de Hacienda. 

Y agrega que, el mínimo vital será actualizado anualmente con base en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor que determine el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

Una vez ajustada la base imponible general, se aplicará una tarifa progresiva que va desde 10% hasta 30%, dependiendo del tramo en que se ubique la persona, lo que dará como resultado la cuota tributaria general.

En lo que respecta al cálculo de la base imponible especial, se realizará integrando las rentas del capital mobiliario, sobre las cuales se pueden deducir ciertos gastos, y las ganancias y pérdidas de capital del período.

“Por su parte, la cuota tributaria íntegra será el resultado de sumar la cuota tributaria general y la cuota tributaria especial”, indica el proyecto.

Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Los contribuyentes de este impuesto serán las personas físicas que tengan su residencial fiscal en el país. Algo que suele estar ligado a que la persona esté presente por un lapso de tiempo igual o superior a los 183 días del período impositivo, sin importar su nacionalidad.

En esa sentido, el proyecto detalla que el período impositivo sería de un año natural, abarcando desde el primer día de enero al último día de diciembre.

Lo anterior, hará que se pase a medir la capacidad económica y gravar el incremento patrimonial que la persona pueda tener durante el período impositivo, producto de las diversas rentas percibidas.