Sicariato se formaliza bajo figura de empresas, advierte director del OIJ

Exfiscal general y ministro sostienen que tipo delictivo ya existe en la legislación costarricense.
La posición entre el exfiscal y Ministro de Justicia es similar respecto al tema de reforma al art 112 en el tema del sicariato
photo_camera El directos del OIJ, Randall Zúñiga; el ministro de Justicia, Gerald Campos; y el exfiscal general, Francisco Dall’anese, ante la Comisión de Seguridad.

El concepto del sicariato ha evolucionado hasta niveles de organización empresarial, alertó ante los diputados el director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) Randall Zúñiga.

El funcionario fue convocado para referirse al proyecto de Ley de Sicariato y afirmó su respaldo a la iniciativa que analiza la Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa. Con este plan se pretende modificar el Código Penal añadiendo un artículo bis al artículo 112 y derogando el inciso 9) del mismo articulado.

Zúñiga explicó que actualmente se contrata a personas para que realicen una serie de actividades delictivas, incluido el sicariato.

Añadió que desde 2019 la actividad del sicariato ha ido desarrollándose al punto de involucrar a personas que reciben un salario mensual por trabajos no específicos.

El sicariato se da cuando una persona ejecuta un homicidio por encargo, a cambio de algún tipo de recompensa o pago. Es una modalidad que se ha venido fortaleciendo en el país en los últimos años.

Zúñiga le dio gran importancia al hecho de que se agraven las penas parta quienes contraten menores de edad para llevar a cabo este tipo de delitos.

Precisó que, si bien el proyecto de ley establece penas que van de 25 a 35 años para quienes sean encontrados culpables de delitos en esta línea, son penas que podrían analizarse aún más.

El jefe de la Policía Judicial llamó la atención en el sentido de que se debería hacer una cruzada para que los jóvenes no abandonen las aulas por convertirse en gatilleros. A la postre, dijo, para las organizaciones criminales se vuelven en personal desechable ya sea porque mueren a la hora de cumplir los encargos o son eliminados por sus jefaturas.

Randall Zúñiga explica que en la actualidad se tiene un grave problema al no tener algún delito asociado a esta conducta, ya que el reclutamiento se encuentra por la libre.

Criticó que al caer un menor de edad por sicariato el castigo de 15b años de cárcel que fija la ley difícilmente le es aplicable, pues las políticas de reinserción hacen que las penas se reduzcan. Y sostuvo que al salir de la cárcel se convierten luego en víctimas cuando son mayores de edad.

En la Comisión también citaron al exjefe del Ministerio Público, Francisco Dall’anese, y el ministro de Justicia y Paz. Gerald Campos.

Ambos coincidieron en cuanto que en el actual Código Penal si esta tipificado ese delito en el articulo 112 y que la palabra utilizada como sinónimo de “sicariato” es el Homicidio Calificado Grabe por Cobro. Todo ello, en el inciso 9.

Para Dall’anese entre más palabras se le pongan en el tipo penal más dificultades probatorias trae en la práctica, y los tipos penales ya están llenos.

El exfiscal agrega que “si lo que se quiere es aumentar las penas para el sicariato se debería sacar el inciso y ponerlo como un tipo penal en apartado separado y no usando el término de sicariato por no ser una voz técnica, sino asesinato”.

Añadió que solamente se habla de aumento de las penas pero esto luego se convierte en un problema para el Ministerio de Justicia porque se tiene a los convictos en las cárceles por más tiempo. Eso implica un problema presupuestario.