Los diputados analizan como llenar lo que consideran un vació legal en el Código Procesal Penal Administrativo, con una reforma al artículo 179.
Segú los legisladores, la iniciativa de ley impulsada por la diputada Daniela Solís, pretende brindar seguridad jurídica a la ejecución de sentencias de los procesos constitucionales de Hábeas Corpus y de Amparo contra sujetos de Derecho Público.
La norma vigente no establece un plazo de prescripción, por lo que se quiere fijarlo en cuatro años para la interposición de la demanda ejecutoria de un recurso de amparo o de hábeas corpus declarado con lugar en sede constitucional.
Comparativo entre la norma y la propuesta de reforma:
Los diputados consultaron la iniciativa a la Procuraduría General de la República (PGR). Pero, el abogado del Estado dejó a discreción de los legisladores la reforma.
Y agregó que, incluso desde la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia se ha evidenciado que existe confusión respecto a cuál es el plazo de prescripción correcto.
La Procuraduría General de la República en la opinión jurídica O.P-222-2003 indicó sobre la necesidad de un plazo definido de prescripción:
La oficina de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa también había señalado que la reforma no presenta roces de legalidad ni de constitucionalidad, y por el contrario, contribuye con el proceso de ejecución de sentencias de la jurisdicción constitucional, especificando el plazo de prescripción.
La representación de la Administración Pública suele alegar que el plazo de prescripción correcto es de 4 años, pero sin tener certeza de ello por la laguna normativa que persiste.