Dictaminado texto sustitutivo

Giro del ROP a enfermos graves supera primer escollo legislativo

En el corto plazo, personas con enfermedades graves podrán retirar  la totalidad del ROP en una vez o en tractos durante cinco años.
photo_camera En el corto plazo, personas con enfermedades graves podrán retirar la totalidad del ROP. Foto con fines ilustrativos.

La esperanza que tienen las personas con enfermedades graves de retirar el monto ahorrado en el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) está a dos pasos de traducirse en realidad.

La Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa dictaminó, con ocho votos a favor, el texto sustitutivo del proyecto de Ley 22.299 que reforma el último párrafo del artículo 22 de la Ley de Protección al Trabajador (LPT).

La modificación plantea que las personas con enfermedades graves podrán retirar de sus ahorros del ROP de una sola vez o en tractos durante 60 meses -cinco años-. Se aplicará tanto a trabajadores como a pensionados.

La condición establecida en este caso dicta:

Artículo 22 :Inciso b):

“Enfrenten una condición grave de salud debido a una enfermedad o accidente que le genere alteraciones significativas en su estado de salud, que pone en alto riesgo de muerte y cuyo tratamiento, según medicina basada en evidencia, tiene escasas posibilidades razonables de prolongar su vida, debidamente calificada por la CCSS”.

La medida también se aplica a las personas con enfermedades terminales, calificadas por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

El diputado del Frente Amplio, Jonathan Acuña, explicó que la LPT permite a las personas con enfermedades terminales retirar la totalidad del ROP, pero hay un vacío en lo que respecta a los que tienen padecimientos graves.

“No obstante, múltiples sentencias de la Sala Constitucional obligan a las operadoras de pensiones a entregar el ROP en su totalidad en el caso de enfermedades graves”, puntualizó Acuña.

Recalcó que cuando llegan a la ventanilla de la operadora de pensiones, en la actualidad se encuentran con una negativa y proceden a judicializar el proceso.

“Con el proyecto de ley lo que hacemos es evitar que la gente tenga que recurrir a la Sala Constitucional por algo que sabe que tiene derecho, porque así la Sala lo ha dicho”, recalcó Acuña.

Añadió que en la redacción del texto sustitutivo se contó con el apoyo de la Asociación Costarricense de Pensiones (ACOP), las operadoras de pensiones y de la CCSS.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios, la diputada Paulina Ramírez, del Partido Liberación Nacional, recordó que el ROP es un ahorro de los trabajadores para complementar la pensión de la CCSS

“Las personas con enfermedades graves tienen gastos médicos elevados incluyendo, medicamentos, tratamiento, hospitalizaciones y cuidados especiales. Poder acceder a sus fondos del ROP puede aliviar la carga económica que eso representa, sin la posibilidad de caer en deudas o en situaciones precarias y una mejor calidad de vida”, justificó Ramírez.

Sumó que “es justo permitir a las personas con enfermedades graves acceder a sus ahorros, ya que el propósito del ROP es, precisamente, asegurar un apoyo económico en momentos de necesidad.

“Negarles este acceso podría considerarse una desprotección en momentos críticos y resulta contrario a nuestro régimen de seguridad social”, concluyó Ramírez.

Lo que sigue es la redacción del dictamen, así como trasladar el expediente al Plenario para su aprobación en primer y segundo debate.