Recuerda Colegio de Contadores Públicos

Contribuyentes deben validar sus obligaciones tributarias en este inicio de año

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photo_camera Desde el Colegio de Contadores Públicos recuerdan a contribuyentes estar al día con sus obligaciones tributarias. Foto: Colegio de Contadores Públicos.

El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica instó a los contribuyentes a asesorarse y validar sus obligaciones tributarias para estos primeros meses del año, con el objetivo de que eviten recibir multas y sanciones.

La Presidenta del Colegio, Dunia Zamora, recalcó que para los próximos días hay dos obligaciones prioritarias.

Una de ellas es el Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. Este recae sobre el valor de los bienes inmuebles y debe pagarse antes del 15 de enero.

“Este impuesto se presenta mediante la declaración D-179, la cual debe presentarse cada 3 años, y el monto varía según el valor fiscal de la propiedad; desde ₡910.000 en adelante.”, comentó Zamora.

La declaración debe reflejar las variaciones en las características de la propiedad.

Entre las sanciones por incumplir con este impuesto están pagar ₡231.100 por omisión de la presentación de la declaración. Además, una multa del 1% por mes o fracción de mes por morosidad en el pago del tributo, y un interés de 11,13% aplicable a pagos realizados fuera del plazo sobre el monto del tributo.

Impuesto a las sociedades

Por otro lado, también está el Impuesto a las Personas Jurídicas o Sociedades. Este tributo se puede pagar hasta el 31 de enero y surge con el objetivo de apoyar las acciones que realiza el Ministerio de Seguridad Pública.

“Si usted está realizando la venta de una propiedad que está en una sociedad, o realizando otras operaciones que requieran una certificación de la sociedad, no podrá obtener la certificación hasta que esté al día.”, explicó la Presidenta del Colegio.

La tarifa que se debe pagar va del 15% al 50% en función del salario base del Poder Judicial. Es decir, de ₡69.330,00 a ₡231.100,00.

“No requiere una declaración, sino que el monto se basa en montos que usted ya ha declarado a la Administración Tributaria.”, expresó Zamora.

La Presidenta del Colegio de Contadores agregó que el mismo va a variar dependiendo del tamaño y las características de la sociedad, por lo que es importante asegurarse que el monto está en correspondencia con ellas.

El no pago de este impuesto acarrea una sanción en la que el Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de la sociedad. Tampoco podrá contratar con el Estado. Además, la deuda se constituye en una hipoteca legal o prenda.

Asimismo, la legislación establece la disolución automática de la sociedad por no cancelar el impuesto durante tres períodos consecutivos.

El resto de las sanciones corresponden a las mismas del Impuesto solidario.

Otras obligaciones

Adicional a los impuestos mencionados, Zamora también recordó otras obligaciones que se deben cumplir en este inicio del 2024, como las declaraciones anuales, adicionales a las que mensualmente deben presentarse.

“Dentro de estas se encuentran las declaraciones informativas, tales como la D151, que contiene información de Clientes (ventas), Proveedores (compras), y Gastos Específicos; y la D152, sobre el Resumen de Retenciones Impuestos Únicos y Definitivos (rentas afectas al Impuesto Sobre la Renta)”, señaló Zamora.

Y añadió que, ambas declaraciones vencen el 28 de enero, y varían según el tipo de contribuyentes, por lo cual deben revisarse y recibir asesoría en cada caso.