Advierte exmagistrado

Calendario es el principal adversario del referéndum que impulsa el Ejecutivo

Luis Antonio Sobrado compartió su experiencia entorno al tema del referéndum con los asistentes en el foro de FUNDAVERDE. Foto Sócrates Colindres.
FUNDAVERDE realizó un foro sobre el tema del referéndum como instrumento democrático, ahora que el país encara la posibilidad de ir por segunda vez a las urnas bajo esa figura.

El exmagistrado del Tribunal de Elecciones (TSE), Luis Antonio Sobrado recordó que según lo estipula la ley, un referéndum no se puede realizar en el lapso de 6 meses antes de la fecha de convocatoria a elecciones presidenciales, o 6 meses después de estas.

Por ello, llamó la atención sobre el hecho de que la propuesta para llevar a consulta popular el proyecto denominado Ley Jaguar, está en una carrera contra el calendario.

Sobrado hizo las manifestaciones durante un foro organizado por la Fundación Desarrollo y Ambiente Verde (FUNDAVERDE), como parte de un programa de promoción de la democracia, que ya lleva varios meses.

El ex magistrado no entró a hacer valoraciones sobre el proyecto específico que el presidente de la República, Rodrigo Chaves está impulsando, y que fue objeto de una solicitud de referéndum por iniciativa popular, por parte de Edgar Espinoza.

Dejó claro que el TSE ha entendido que debe prevalecer siempre el principio pro participación. Y, desde su punto de vista, el único referéndum realizado en nuestro país cumplía esta misma consideración. Se trató de la consulta popular sobre el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y se pudo realizar pese a que contenía disposiciones de índole tributario que estaban en el ámbito prohibido.

Sobrado agregó que cuando un proyecto es aprobado por votación popular, eso no lo exime a una ley resultante, y de ser conforme con la Constitución Política. Además, su propia validez está condicionada a ese respeto a la Carta Magna.

Expuso los escenarios para realizar un referéndum, comenzando por la iniciativa popular. Esta se da cuando se cumple con toda la complejidad de los tramites y se terminará celebrando si cubre las demandas sociales que han sido desatendidas por las élites políticas.

Desde el punto de vista de Sobrado, esta vía es la más compleja, y para transitarla en el mejor de los escenarios duraría al menos un año.

El exmagistrado repasó que una vez que el TSE de vía al referéndum, debe autorizar un proceso de recolección de firmas, todo en fórmulas oficiales selladas y firmadas. Además, no se puede utilizar la firma electrónica sino solo en un formato físico.

El referéndum también se puede convocar por solicitud del Poder Ejecutivo o una Iniciativa de la Asamblea Legislativa.

En esa línea, un escenario puede ser cuando la cúpula política, tiene asuntos muy delicados y no quiere asumir la responsabilidad política de forma directa y por ello busca la aprobación de los ciudadanos, siendo el TLC una respuesta a esa lógica.

Restricciones políticas

En lo que respecta a las prohibiciones establecidas en la legislación, Sobrado repasó que no se permite el uso de los recursos públicos para pautar publicidad, y está vedada la intervención de extranjeros en cualquiera que sea la fase del referéndum.

También se establece un limite de donación de recursos económicos que es equivalente a un tope de 20 salarios base del Presupuesto General de la República.

A nivel de medios de comunicación, cuando se les contrata para una publicación se debe reportar quien está pagando y el TSE lleva los registros para verificar que nadie se pase del monto establecido.

La beligerancia política no existe para los funcionarios públicos que pueden tomar una posición y compartirla.

A pesar de no tratarse de elecciones de cargos públicos  los delitos políticos previstos en el Título VI, artículos 271 al 294 del Código Electoral, son aplicables en el tema del referéndum.

Otro punto que indica Sobrado es que un proyecto de ley aprobado en un referéndum, no esta escrito sobre piedra. Por ello, puede ser reformado por la Asamblea Legislativa, e incluso, en otra consulta popular.

El exmagistrado señaló que esta herramienta de consulta popular no es inalcanzable, como lo han querido satanizar algunos sectores. Y cuando existen los motivos correctos, en las formas correctas, se puede realizar al cumplir los requisitos.

Para Sobrado, estos filtros han sido importantes ya que han evitado que por razones incorrectas se haya intentado llevar a las urnas alguna iniciativa.