Seguridad y Narcotráfico

Comisión dictamina reforma a intervención de las comunicaciones

Con el regreso de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico avanzó el proyecto sobre intervenciones telefónicas que podría llegar en los próximos días al plenario.

Un proyecto para reformar los artículos 9 y 12 de la Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones fue dictaminado por los diputados de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa.

Se trata de la denominada Ley de Modernización de la Intervención de las Comunicaciones, según cuyo artículo 9, los tribunales de justicia podrán autorizar la intervención de comunicaciones orales, escritas o de otro tipo, de las telecomunicaciones fijas, móviles, inalámbricas, digitales y por cualquier otro medio tecnológico, Pero, se amplía el alcance de la norma.

 

La intervención se podrá ordenar cuando involucre el esclarecimiento de los siguientes delitos: secuestro extorsivo, corrupción agravada, proxenetismo agravado, fabricación o producción de pornografía, tráfico de personas y tráfico de personas para comercializar sus órganos, homicidio calificado, homicidio simple; femicidio, genocidio, terrorismo y los delitos previstos en la Ley sobre estupefacientes,

La reforma del artículo 10 permitirá que un Juez mediante resolución fundada, a solicitud de quien ejerza el cargo de Fiscal General, ordene intervenir las comunicaciones orales o escritas, cuando pueda servir como prueba indispensable de la comisión de delito

Según la reforma, en la intervención no sería necesaria la acción personal de un juez en casos de excepción e los cuales, según su criterio, podrá delegar esa función en miembros del Organismo de Investigación Judicial, de cualquier otro cuerpo policial y del Ministerio Público,

El Artículo 12 lo que busca es definir el tiempo de la intervención, que sería de un lapso máximo hasta de cuatro meses, salvo en los casos de extrema gravedad o de difícil investigación, en los que el Juez, mediante resolución fundada, disponga una prórroga o dos como máximo.

En todo caso, la intervención telefónica no podrá exceder el plazo máximo de un año.

Durante el análisis del proyecto, los diputados rechazaron 22 mociones vía 137 que aparentemente solo buscaban retrasar el trámite del proyecto..

Esta iniciativa es una de las que convocó el Poder Ejecutivo como parte de la lista de prioridades definidas en las mesas de trabajo de los tres Poderes de la República.

Ahora, la única duda que queda es que en el texto se señala que es el Poder Judicial el que tiene que generar el reglamento, cuando eso es potestad del Poder Ejecutivo, según el diputado Gilberth Jiménez, del Partido Liberación Nacional (PLN).

Ante esto, el proyecto se podría votar en primer debate y luego presentar una moción para retrotraerlo y corregir esa situación, aunque todo dependerá del criterio del Departamento de Servicios Técnicos.

Jiménez, quien preside la Comisión de Seguridad, aseguró que el trabajo se vio durante esta primera jornada ya que se logro votar todas las mociones de consulta que la ley dictamina, las cuales pudieron haber atrasado varias semanas el proceso.

Jiménez añadió que los otros proyectos que están en la Comisión se dividieron en dos subcomisiones para ser analizados con prontitud.

Entre los adelantos que se presentaron se aprobó una moción para convocar a los ministros de Seguridad Pública y de Justicia y Paz para que den su punto de vista en cuanto al proyecto de Ley contra el sicariato.

La diputada Oficialista Pilar Cisneros indicó que el avance en el proyecto sobre las Intervenciones telefónicas fue un gran paso por consensuar con los otros miembros de la comisión "y ahora estamos a la espera del informe para así poder llevarlo a votación en el plenario".