Trámite fue inconstitucional

Proyecto sobre jornadas 4x3 deberá partir de cero

La Sala encontró un vico sustancial en procedimiento de jornadas 4x3 Imagen: Sala Constitucional

El 15 de agosto de este año fue aprobado el primer debate. Desde ese momento se necesitaba del pronunciamiento de la Sala Constitucional para continuar con el segundo debate.

La Sala Constitucional encontró un vicio de procedimiento en el trámite del proyecto de ley 21.182, conocido como Jornadas Excepcionales 4 x3, aprobado en primer debate en el periodo legislativo anterior.

El problema se presentó cuando la iniciativa se encontraba apenas en estudio en Comisión. Este proyecto de ley se busca implementar jornadas de trabajo de 12 horas durante 4 días a la semana, con 3 descanso.  

Cinco de los siete magistrados concluyeron que hubo un vicio sustancial de constitucionalidad en el proceso legislativo, dado que se reasignó el proyecto de ley a otra comisión legislativa "con violación del principio de especialidad y al de interdicción de la arbitrariedad".

Inconstitucionalidad en el procedimiento legislativo

En el anterior periodo legislativo, las jornadas 4x3 se estaban en estudio en la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos. El error en el procedimiento se dio al hacer el traslado del proyecto a la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios.

Este traslado se dio con el visto bueno del entonces presidente legislativo, Eduardo Cruickshank; la entonces presidenta de la Comisión de Asuntos jurídicos, Franggí Nicolás y la entonces presidenta de la Comisión de Hacendarios, Silvia Hernández.

Dado que la Comisión de Hacendarios tiene la función de analizar los presupuestos nacionales, sus liquidaciones y hacienda pública, no le corresponde el estudio de una iniciativa de materia laboral,

El comunicado de la Sala Constitucional indica que, toda vez que la asignación de expedientes a comisiones, lo que incluye su traslado, solo procede, “con estricto apego a la especialidad de la materia y según sus funciones y atribuciones señaladas para cada una de ellas”, en este caso se incumplió de manera evidente y manifiesta”.

Los magistrados que salvaron el voto fueron Fernando Castillo y Fernando Salazar, quienes indicaron que fallo en el procedimiento no alteró de forma sustancial la voluntad del órgano legislativo.

Por tanto de la resolución de la Sala Constitucional

El presidente de la Confederación de Trabajadores Unidad en la Acción Sindical (UAS), Lenin Hernández Navas, celebró la determinación, pues considera que el proyecto no beneficia a todos los sectores.

“Esto denota esa inobservancia de parte de los legisladores de pasar un proyecto de forma atropellada. En esta oportunidad no tuvieron los cuidados necesarios, para efectos de escuchar a todas las partes, sobre todo los representantes de los trabajadores”, dijo, pese a que la resolución de la Sala no es sobre aspectos de fondo del proyecto.

Hernández agregó que el fallo abre una oportunidad de construir un proyecto de ley que venga a beneficiar a todos los sectores.

Al encontrar el error de procedimiento, no procedió con el análisis de las consultas de constitucionalidad por el fondo, por lo que queda todavía la interrogante si la iniciativa conseguiría el visto bueno de la Sala Constitucional.