SUGESE sugiere aumentar a ¢15 millones monto de cobertura del SOA

La SUGESE insiste en el aumento del monto de la cobertura del SOA, pero la decisión es del Poder Ejecutivo. Foto: MOPT.

Una simulación realizada por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE), permitió establecer que el monto básico de cobertura del Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores (SOA) debería ser de ¢15 millones a raíz del aumento en la siniestralidad.

Así se señala en el “Informe de revisión del monto de cobertura del Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores para 2025”, remitido por SUGESE en abril anterior al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

Recientemente, el superintendente general de Seguros, Tomás Soley, informó que la cobertura básica del SOA, que es de ¢6 millones, resultará insuficiente para la atención médica, pago de incapacidades e indemnizaciones por muerte, a más tardar dentro de dos años.

Soley detalló que en informe rendido en el 2023 se hizo la misma exhortación. Sobre ninguno de los dos criterios emitidos la SUGESE obtuvo respuesta del MOPT o del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI).

La SUGESE recomendó una reforma al artículo 4 del Reglamento del SOA, en el que además de tomar en cuenta la distribución de frecuencia de los siniestros se considere “la distribución del costo total de los siniestros”.

“Con la finalidad de estimar el monto de cobertura que se requeriría para cumplir con la propuesta de reforma normativa, se realizó una simulación buscando el monto de cobertura que permitiría cumplir con ambos criterios, es decir, que cumpla tanto con el percentil 90 de la distribución de frecuencia de los siniestros, como con el percentil 90 de la distribución del costo total de dichos siniestros, y como resultado se obtuvo que el monto de cobertura que se necesitaría sería de ¢15 millones”, dice el informe.

La recomendación de reforma planteada al artículo 4, del Reglamento del SOA es la siguiente:

“Artículo 4. Monto de la cobertura del Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores (…) El Poder Ejecutivo actualizará el límite del monto básico de la cobertura del SOA considerando el estudio técnico que le presente la Superintendencia General de Seguros. Este estudio es público y se remitirá al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a más tardar el día treinta de abril de cada año, el cual indicará el límite del monto básico de la cobertura de este seguro obligatorio que debe cubrir, como mínimo, el percentil noventa (90) de la distribución de frecuencia de los siniestros y de la distribución del costo total de los siniestros, según metodología que defina la Superintendencia. (…) (El resaltado corresponde al texto propuesto)”.

Por otro lado, SUGESE planteó que debe valorarse si el aumento de cobertura del SOA se realizaría únicamente para las prestaciones médicas y económicas que establece el inciso a) del artículo 66 de la Ley, o si aplicaría también para las indemnizaciones por invalidez permanente y muerte.

Tendencia a la baja

En el 2016, año en el que se actualizó el monto básico de cobertura del SOA, era suficiente para cubrir al 96,7% de los gastos de cada lesionado. Pero ahora ese porcentaje disminuyó a un 93,1% y una vez agotados los ¢6 millones las víctimas son trasladadas a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para seguir con su tratamiento, que en ocasiones se traduce en plazos que alcanzan los dos años.

Fuente: SUGESE

Asimismo, la SUGESE detalló en su informe que los datos reportados por la CCSS y el INS, para el estudio, permitió estimar que para el 2022, el 24% del costo total del manejo de los lesionados fue cubierto por la CCSS, porcentaje que es superior en 8 y 4 puntos porcentuales a lo estimado en 2020 y 2021 respectivamente.

“Según lo expuesto previamente, la cobertura vigente de ¢6 millones ha sido suficiente para el 93,1% del número total de lesionados, incluidos los casos en que se duplicó la cobertura. No obstante, al analizar la información proporcionada por la CCSS se observa que el 6,9% restante se trata de casos graves que, si bien son minoría en cantidad de lesionados, la severidad de estos provoca que el 24% de los costos identificados corra por cuenta de la CCSS”, remarca el documento.

“Por tanto, se recomienda revisar el artículo 4 del Reglamento del SOA con la finalidad de establecer que el límite del monto básico de la cobertura cubra, como mínimo, el percentil noventa (90) de la distribución de frecuencia de los siniestros y de la distribución del costo total de los siniestros. La propuesta permitiría que el seguro cubra un porcentaje mayor de los casos más severos de lesiones producto de los accidentes de tránsito”, cierra.