Más de ¢62.130 millones pendientes

Sala IV ordena a Hacienda girar totalidad de recursos a FODESAF en un mes

Según analizó el Tribunal Constitucional, el recorte de los recursos para los sectores más necesitados, vulnera el Estado Social de Derecho.

Los magistrados de la Sala Constitucional ordenaron al Ministerio Hacienda girar la totalidad de recursos pendientes al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), monto que supera los ¢62.130 millones, correspondientes a las transferencias del Gobierno Central.

En este sentido, los magistrados le dieron al Ministerio de Hacienda un mes para proceder con la cancelación de las sumas adeudadas. El plazo correrá a partir de la notificación del fallo.

La orden surge de un recurso de amparo interpuesto por varios diputados, quienes reclamaron que, en el presupuesto nacional del 2024, Hacienda sólo destinó ¢192.452 millones para ese fondo que tiene que transferir recursos a diferentes programas sociales.

Según indicaron los congresistas, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, establece un monto nominal fijo de ¢255.583 millones, al cual no se le debe aplicar la regla fiscal ni se le permite al Ministerio hacerle rebajas en condiciones que bajo ciertas circunstancias lo habilitan a limitar el cumplimiento de algunos destinos específicos, para el ejercicio económico de 2024.

Al sólo asignarle los ¢192.452 millones a FODESAF, los recurrentes reclaman que se pague el monto pendiente que son los ¢62.130 millones.

Para los jueces constitucionales existe una obligación que se deriva de lo dispuesto por el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que impone una protección especial de los programas sociales en razón de su naturaleza y de los fines para los que fueron creados, pero en este caso no se está cumpliendo.

Además, para ese Tribunal es evidente que la dotación de recursos en la medida que lo prevén las leyes sobre la materia permitiría a esa institución desarrollar una serie de programas que brinden soluciones efectivas para las clases más desposeídas, razón por la cual declaró con lugar, de manera unánime, el recurso de amparo presentado por los diputados.

“Se ordena a Luis Antonio Molina Chacón, en su condición de ministro a.i. de Hacienda, o a quien ejerza ese cargo, disponer lo necesario, para que, en el plazo de un mes, contado a partir de la comunicación de esta resolución, se dé cabal cumplimiento a la obligación de girar al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), la totalidad de los recursos correspondientes a la transferencia del Gobierno Central, según el monto asignado por dicho concepto en la "Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2019", conforme se estableció en el Título IV, artículo 24, de la Ley No. 9635”, reafirma el por tanto de la sentencia.

Recorte afecta a los más necesitados

Según indicaron los magistrados en un comunicado de prensa, la defensa de los recursos estatales que financian esos programas, garantiza la plena efectividad del Estado Social de Derecho y su desprotección se traduce en un claro y evidente incumplimiento al mandato constitucional.

“De ahí que la debilitación sensible de esos programas, que están dirigidos a satisfacer las necesidades y garantizar un efectivo acceso al bienestar de las poblaciones más vulnerables, amenaza el disfrute de los derechos fundamentales reclamados”, se indica en el documento.

Se condena al Estado al pago de costas, daños y perjuicios, los cuales se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.