De manera temporal

CCSS anotará como “al día” a trabajadores independientes morosos

La medida aprobada por la Junta Directiva de la CCSS vencerá el 21 de junio del año en curso.

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobó suspender, de manera cautelar, la condición de morosidad y poner temporalmente “al día” a los trabajadores independientes que presentaron la solicitud de prescripción al 20 de marzo del presente año y a los que aún no se les haya resuelto su gestión según la “Ley del Trabajador Independiente”, Ley 10.363 y su reglamento.

De acuerdo con el artículo 33 del reglamento, para la resolución de la solicitud de prescripción en sede administrativa, la unidad correspondiente contará con un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la recepción de esta.

Según indicó Luis Diego Calderón, director de Cobros de la CCSS, el motivo de la medida es no afectar los derechos de los trabajadores independientes, por la imposibilidad material de la Administración para atender en tiempo y forma la gestión presentada, dada la capacidad instalada y la gran cantidad de solicitudes que se han recibido.

Según expuso Calderón este jueves ante la Junta Directiva, la Unidad de Cobros recibió 5.266 solicitudes de prescripción de deudas, pero sólo han podido tramitar 699, es decir, un 12%., lo que se tradujo en un monto prescrito de ¢2.562 millones.

Calderón detalló que la medida cautelar se mantendrá hasta el día que formalmente se emita y notifique al interesado la resolución administrativa del caso.

“En tanto, si el interesado requiere atención en los servicios de salud de la institución, no se le negará la prestación del servicio y el costo de la mima se registrará en el sistema de información respectivo”, aseveró Calderón.

La autorización dada por la Junta Directiva para la suspensión cautelar de la condición de morosidad es de tres meses, por lo que estará vigente al 21 de junio.

Además

El acuerdo de Junta Directiva indica que, si producto de la atención del caso se determina que los periodos que originaron el cobro de los servicios de salud se encuentran prescritos, las facturas por concepto de servicios médicos facturadas con anterioridad a la medida o durante la aplicación de esta, se anularán de forma oficiosa.

En caso contrario, las facturas permanecerán registradas en el sistema de información y serán sujetas a cobro.

Para acelerar el proceso de resolución de las solicitudes, el cuerpo colegiado aprobó dotar a las sucursales y a la Dirección de Cobros de un total de 45 plazas para atender las solicitudes de prescripción en apego a la Ley de Trabajador Independiente y también el proceso de condonación de recargos, multas e intereses que aplica tanto para patronos como para trabajadores independientes y estará vigente hasta el 15 de diciembre del 2024.